PRACTICA TEMA 5: EN GRUPOS DE 3 Ó 4 PASAD A
LA CARTULINA ENTREGADA AQUELLOS DERECHOS Y DEBERES QUE OS PAREZCAN
MÁS IMPORTANTES. CADA GRUPO EXPONE AL RESTO LO TRABAJADO
Artículo 4 Derechos
laborales
Los trabajadores tienen como
derechos básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de
los mismos disponga su específica normativa, los de:
Trabajo y libre elección de
profesión u oficio
Libre sindicación.
Negociación colectiva.
Adopción de medidas de conflicto
colectivo.
Huelga.
Reunión.
Información, consulta y
participación en la empresa.
En la relación de trabajo, los
trabajadores tienen derecho:
A la ocupación efectiva.
A la promoción y formación
profesional en el trabajo, incluida la dirigida a su adaptación a
las modificaciones operadas en el puesto de trabajo, así como al
desarrollo de planes y acciones formativas tendentes a favorecer su
mayor empleabilidad
A no ser discriminados directa o
indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de
sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta
ley, origen racial o étnico, condición social, religión o
convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no
a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado
español.
Tampoco podrán ser discriminados
por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de
aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se t
A su integridad física y a una
adecuada política de seguridad e higiene.
Al respeto de su intimidad y a la
consideración debida a su dignidad, comprendida la protección
frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o
convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al
acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
A la percepción puntual de la
remuneración pactada o legalmente establecida.
Artículo 5 Deberes
laborales
Los trabajadores tienen como
deberes básicos:
Cumplir con las obligaciones
concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la
buena fe y diligencia.
Observar las medidas de seguridad
e higiene que se adopten.
Cumplir las órdenes e
instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus
facultades directivas.
No concurrir con la actividad de
la empresa, en los términos fijados en esta Ley.
Contribuir a la mejora de la
productividad.
Cuantos se deriven, en su caso, de
los respectivos contratos de trabajo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario